Política |12 Ene 2010 - 4:15 pm
Por: Redacción Judicial
Aunque señaló varios errores en la ley, advirtió que éstos "no vician la voluntad del pueblo", y por eso le pidió a la Corte que declare exequible la iniciativa popular.
Tambien le pide al Presidente que se acoja a la ley de garantia electorales.
El largo etcétera de "peros" jurídicos que durante 14 meses han venido esgrimiendo los críticos del referendo reeleccionista fue removido de un plumazo por cuenta del concepto que dio a conocer el procurador general, Alejandro Ordóñez, alegando en esencia que la ley que convoca a un referendo para que el jefe de Estado, Álvaro Uribe, pueda presentarse nuevamente como candidato presidencial debe ser declarada exequible por la Corte Constitucional. Aunque reconoció que se cometieron irregularidades, en su opinión éstas "no afectan la expresión del pueblo" y por eso le pidió a Uribe que de inmediato se acoja "a las restricciones y prohibiciones de la Ley de Garantías".
El jefe del Ministerio Público consideró que ante la inminencia de una candidatura del presidente Álvaro Uribe, y ad portas de la decisión sobre el referendo por parte de la Corte Constitucional, "se deben superar las interpretaciones formalistas" y dar paso a una campaña electoral equilibrada y transparente. Según Ordóñez, no se puede obviar la creciente expectativa que genera una segunda reelección, así como tampoco se puede pasar por alto el corto tiempo que hay entre el posible aval constitucional y la fecha de las elecciones que haga posible la aplicación de la Ley de Garantías, que prohíbe que el candidato-presidente utilice los recursos del Estado para promover su nombre y sus propuestas.
Durante una concurrida rueda de prensa, el representante del Ministerio Público señaló con vehemencia que tanto el pueblo como el Congreso pueden reformar la Constitución. El primero mediante referendos y el segundo a través de actos legislativos. Ordóñez aseveró que la Carta Política no es un instrumento pétreo, sino susceptible de modificaciones. Por ello, luego de enumerar los aspectos que abordó su estudio respecto de la exequibilidad del referendo, uno a uno fue desestimando los supuestos vicios de trámite de la norma que han puesto en evidencia connotados juristas, como el ex procurador Edgardo Maya, el ex magistrado de la Corte Constitucional Alfredo Beltrán o congresistas de la oposición.
El concepto citó una posición de la Corte Constitucional que, al estudiar el referendo convocado en el año 2003 por el presidente Uribe, resaltó: "No le corresponde a la Corte examinar si los contenidos de una ley que convoca a un referendo son o no constitucionales, ni mucho menos políticamente oportunos, sino que debe estudiar si el procedimiento de formación de esa ley se ajusta o no a las exigencias constitucionales". Así fue como Ordóñez capoteó las conveniencias políticas de una iniciativa de este talante, y simplemente se limitó a considerar que ni siquiera algunos vicios evidentes en el trámite del referendo afectaban su legitimidad, pues la soberanía de las mayorías debe primar.
Tras analizar los escenarios por los cuales navegó la iniciativa popular, como el proceso de recolección de firmas y de inscripción del referendo ante los organismos electorales, así como su tránsito en la Cámara de Representantes y el Senado, el Procurador reiteró que las eventuales violaciones a la financiación del referendo podrían constituir responsabilidades de carácter individual, incluso sanciones disciplinarias, pero de ninguna manera viciarían la voluntad de los más de cuatro millones de firmas de colombianos que soportan la iniciativa. Es decir, las investigaciones conexas que adelanta la Fiscalía y el propio Consejo Nacional Electoral por las eventuales violaciones a los topes electorales, en criterio de Ordóñez, no afectan la expresión de los colombianos.
Al abordar si el Congreso podía alterar el contenido de la iniciativa, que en principio facultaba a Uribe a aspirar a un tercer mandato en el año 2014, el jefe del Ministerio Público indicó que sí podía hacerlo en virtud de la "democracia representativa", y que en este caso el Legislativo, al cambiar la pregunta del referendo, solamente precisó la voluntad del pueblo que firmó la iniciativa popular, pues de manera notoria lo que se buscaba era avalar que en las próximas elecciones figure el nombre de Álvaro Uribe Vélez en el tarjetón expedido por la Registraduría como candidato.
El concepto de 53 páginas, entregado por Ordóñez a la Corte Constitucional, también estudió dos de las más protuberantes anomalías en el trámite del referendo denunciadas por distintos sectores: la aparentemente irregular convocatoria a sesiones extras en diciembre de 2008, cuando éste agonizaba en la Cámara de Representantes y el transfuguismo de varios parlamentarios, cuya única intención fue la de votar favorablemente la iniciativa que sus colectividades consideraban un error para la democracia. Sobre el primer punto, el Procurador resaltó que en la convocatoria a sesiones extras sí se presentó una irregularidad, que fue la publicación del acto administrativo en el diario oficial con posterioridad al inicio de las sesiones y de votación.
No obstante, consideró que ello no constituye un vicio insubsanable que afecte la formación de la ley, y se apoyó en recientes sentencias del Consejo de Estado, una de ellas de la magistrada Marta Sáenz, que advierte que los errores en la publicación de estos decretos no afectan la validez de los actos legislativos. Sobre el segundo asunto, es decir, la insólita voltereta política de varios congresistas que buscaban sí o sí votar el referendo, Ordóñez recalcó nuevamente que si cometieron falta alguna, ésta deberá ser analizada desde la órbita individual y, por tanto, tampoco esta anomalía constituye un problema en el trámite de la iniciativa popular.
Quizás el pronunciamiento del jefe del Ministerio Público que causó más polémica es que le pidió a la Corte Constitucional que al evaluar la exequibilidad del referendo solamente circunscriba su estudio a los eventuales errores en el trámite de la iniciativa -yerros que consideró menores Ordóñez-. En cambio, sostuvo que en relación con la discusión de si un tercer período presidencial consecutivo afecta todo el sistema de pesos y contrapesos de la Constitución de 1991, Ordóñez manifestó que el referendo no sustituye la Carta Magna, pues en ésta la figura de la reelección ya había sido admitida. Lo curioso es que se fundamentó en la sentencia de la Corte que declaró exequible la primera reelección en 2005, en la cual, sin embargo, se hizo la salvedad de que la Carta Política no se sustituía siempre y cuando la reelección se permitiera por una única vez.
Por último, el Procurador General de la Nación le pidió a la Corte que se declare la inexequibilidad de la expresión "voto en blanco" contenida en la ley que convoca al referendo, y que faculta a la ciudadanía a votar en blanco si así lo desea. En su criterio, sólo puede haber dos formas de votación de esta iniciativa en las urnas: sí o no. En ese sentido, además, Ordóñez le solicitó a la Corte que fije la fecha de convocatoria del referendo, lo que en palabras castizas se traduce en que el alto tribunal sí podría modular su fallo y convocar al pueblo en tiempos en que el presidente Uribe pueda formalizar su candidatura. Aunque el propio presidente de la Corte Constitucional, magistrado Nilson Pinilla, señaló el martes que en principio él no encontraba viable que la Corte ajustara el cronograma electoral a esta iniciativa.
De esta manera, pues, comenzó la cuenta regresiva para conocer la suerte del referendo reeleccionista. El primer examen jurídico ya lo pasó: el del Procurador. Los nueve magistrados de la Corte Constitucional tendrán la responsabilidad de avalar o no esta controvertida iniciativa. Tras la solicitud del jefe del Ministerio Público de que el presidente Uribe se acoja a las prohibiciones de la Ley de Garantías, algún entendido le comentó a este diario: "¿Aún le quedan dudas de que Uribe quiere la reelección?".
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