Otro tropezón en el trámite del referendo

http://www.semana.com/img/top/logo_semana.gif

Cámara de Representantes
Alejandro Acosta. Revista DineroCámara de Representantes


REVISTA DE RADIO. La Imprenta Nacional certificó que el llamado a la sesión en la que se aprobó la ley en Cámara hace un año se hizo oficialmente después de que ya había sido votada. Nada de lo aprobado ese día tendría validez, dicen expertos.

Miércoles 18 Noviembre 2009

Al trámite del referendo reeleccionsista le surgió un nuevo vicio de forma en su trámite. La sesión extraordinaria que se programó en la plenaria de la Cámara para aprobar el texto del proyecto reeleccionista durante la madrugada del 17 de diciembre fue convocada oficialmente después de que hubiera tenido lugar y de que la Cámara ya hubiera aprobado el referendo.

Así consta en un concepto emitido por la Imprenta Nacional donde le informa a la Corte Constitucional dicha irregularidad.

Según algunos constitucionalistas, ese anuncio extemporaneo de la sesión extra deja sin piso cualquier decisión tomada durante la sesión.

En el documento la Imprenta informa que el decreto que convocó a la sesión extraordinaria en la plenaria de la Cámara de Representares fue publicado en la tarde de ese mismo día, casi 18 horas después de la votación que aprobó la ley del referendo.

Esta mañana, en diálogo con Caracol Radio, el ex magistrado y ex presidente de la Corte Constitucional Alfredo Beltrán explicó que los decretos que convocan a este tipo de reuniones se debe publicar antes del encuentro y no después; además que sólo se puede convocar a una extraordinaria si el Congreso se encuentra en receso.

“La reunión se realizó en el madrugón entre el 16 y el 17 de diciembre, se aprobó el referendo con una votación a las 3:40 de la mañana, lo que significa que así se hubiera publicado el decreto la noche anterior, que no se hizo y es una falta gravísima, fue una sesión por fuera de las condiciones previstas en la Constitución”.

Según Beltrán la sesión es inconstitucional por no haber publicado el decreto antes de la reunión y por haberla programado incumpliendo las leyes. Escuche qué ley se violó en este caso y por qué no tiene validez esta sesión.

Agregó que el certificado de la Imprenta no sólo muestra la irregularidad de la sesión extraordinaria, sino que además tiene en cuenta que dicha reunión se realizó cuando todavía estaban vigentes las sesiones ordinarias.

Otro de los interesados en conocer el concepto de la Imprenta Nacional era el congresista de Cambio Radical, Rodrigo Lara Restrepo, quien habló con la misma cadena radial y explicó por qué este certificado era vital para las pruebas que recolecta el magistrado de la Corte Constitucional que tiene a cargo el estudio de la ley de referendo, Humberto Sierra Porto.

Según explicó Lara Restrepo, desde septiembre había solicitado a la Imprenta que “certificara la fecha de publicación del decreto convocatorio a extras, aquí lo que hubo fue un decreto que surtió efecto sin darse a conocer al país, este procedimiento no admite excepción alguna, porque abriría la puerta a leyes secretas de espaldas al país".

El certificado de la Imprenta Nacional hace parte de las pruebas pedidas por el magistrado Sierra Porto, quien lo analizará como parte fundamental de las pruebas que pidió a varias entidades para definir si considera que el referendo reeleccionista es constitucional o no.

0 comentarios:


Videos OCE-Unicesar Blip.tv

Universidad Popular del Cesar

Universidad Popular del Cesar
Click para ingresar

Grupo de OCE-Unicesar en Facebook

Archivo del blog

¿Te gusta nuestra pagina?

My Great Web page