Por Aurelio Suarez
El Tratado de Libre Comercio entre Colombia y los Estados Unidos tiene 1.600 páginas, 24 capítulos, miles de cláusulas, anexos y archivos adjuntos. Uno de esos es el llamado capítulo de Inversiones, que es el capítulo número 10. En él se pretende dar unas garantías especiales a los grandes capitalistas. Por eso, los contratos que las empresas privadas tienen con el Estado, las inversiones extranjeras en fábricas, industrias, empresas de servicios, agricultura, minas, explotaciones petroleras y carboníferas, la deuda pública, entre otros, serán beneficiarios de ventajas especiales que quedaron acordadas en ese Tratado.
Dentro de estas ventajas existe una muy importante: no podrán modificarse las condiciones con las cuales se pactaron ya los contratos entre los inversionistas privados y las distintas ramas del poder público. Si por algún motivo la Nación, los Departamentos, los Municipios o el Distrito Capital de Bogotá, mediante disposiciones administrativas o leyes de la República, ordenanzas o acuerdos municipales, deciden el cambio en los contratos, bien sea por razones laborales, ambientales o bien para mejorar la participación pública en los ingresos que se derivan en los respectivos convenios o por cualquier otro motivo, las empresas quedarán con la potestad de poder demandar ante tribunales internacionales, conocidos como tribunales de arbitraje. (Esto verse en los artículos 10.15 al 10.27 del TLC). Estos tribunales no resuelven las controversias acorde con las leyes de cada país, sino según las normas que rigen el mundo de los negocios. Ya, en algunos tratados que Estados Unidos ha firmado, se han producido decenas de demandas contra entidades estatales que casi siempre han fallado a favor de las multinacionales, causándoles millones de dólares de beneficios.
Publicado por Organización Colombiana de Estudiantes - UNICESAR en 7/18/2007 12:39:00 p. m.
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